Una y otra vez pareciera que estamos
a condenados a hablar sobre el tema de la soberanía, sobre todo, cuando la
comunidad internacional o parte de ella decide sobre asuntos que afectan a
países en particular, como recientemente sucedió con funcionarios del gobierno
venezolano que fueron sancionados por la Unión Europea.
Impuestas tales medidas, el gobierno
venezolano, como era de esperarse, salió a rechazarlas y a acusar a la UE de intervencionista, ilegal y
hasta inmoral, desde una visión, por supuesto, anacrónica de la soberanía.
La interdependencia global colocó en
el centro del debate político, económico y jurídico de fin de siglo pasado, el
papel cada vez más restringido de los Estados en el contexto de la dinámica
internacional.
No es poca la tinta vertida en este
polémico asunto en los campos académico y político. De un lado están, con
diversos matices y énfasis, los partidarios de la revalorización y
fortalecimiento del Estado como instancia insustituible e indiscutible, y de
otro, los que relativizan el rol rector que ha mantenido hasta hace pocas
décadas, subrayando el papel creciente que otros actores tienen, sujetos estos
-entre ellos, el individuo- cuya personalidad jurídica es reconocida, con
derechos y obligaciones recogidos en instrumentos normativos internacionales,
vinculantes para los Estados.
El constitucionalista italiano
Gustavo Zagrebelsky acertadamente ha llamado a los elementos globalizadores que
han disminuido el poder de los Estados, ¨factores
demoledores de soberanía¨. Señala que la noción de soberanía ¨ya no puede reconocerse con claridad como
realidad política operante (…) Desde el siglo pasado actúan vigorosamente
fuerzas corrosivas, tanto interna como externamente, que se oponen a la idea
misma….¨. La formación de centros de poder alternativo y concurrentes con el Estado, que operan en los campos
político, económico, cultural y religioso, la progresiva institucionalización
de poderes supraestatales y la atribución de derechos a los individuos que
pueden hacerlos valer ante jurisdicciones internacionales frente a los Estados
a los que pertenecen, configuran una situación inédita de pérdida de soberanía
para estos.
Las circunstancias inéditas en las
que está inmerso el Estado-Nación hoy, por sus magnitudes y complejidades, han afianzado
la convicción compartida por la mayoría de los estudiosos del tema, de que las
realidades mundiales de toda naturaleza ya no pueden ser abordadas en toda su
extensión y profundidad desde la perspectiva limitada de lo estrictamente
nacional. Los paradigmas e instrumentos conceptuales que fueron útiles para el
análisis de los procesos nacionales en el presente se muestran
inapropiados.
Y entre esos paradigmas que se
derrumban están también los del Derecho. Los dogmas y principios que se creían
inconmovibles, a raíz de la consagración de normativas internacionales que
obligan a los Estados a respetar y garantizar la vigencia de los derechos
humanos, se ven cuestionados y han perdido vigencia.
Hoy, en esa materia tan sensible para
la sociedad internacional, el concepto tradicional de soberanía absoluta y excluyente de los Estados ha dejado de ser efectivo,
imponiéndose otro, relativo, el cual no deja de plantear problemas jurídicos
interpretativos de cara a las conductas de gobiernos y de los ordenamientos
jurídicos nacionales en la materia de democracia y DDHH.
Debe recordarse aquí que para Hans
Kelsen la idea de soberanía debía ser ¨radicalmente
extirpada¨. Para él, solamente el orden jurídico puede ser soberano,
ninguna voluntad puede tener autoridad jurídica. ¨Es tiempo ya de que este concepto, que desde hace varios siglos ha
venido desempeñando un papel problemático en la historia de la ciencia del
derecho, desaparezca del diccionario del Derecho Internacional¨, escribió
en un conocido trabajo.
Obviamente, para la barbarie que
gobierna a Venezuela, sigue en vigor el concepto de soberanía de los monarcas
absolutos del siglo XV. Nunca verán con
buenos ojos las normativas internacionales que imponen obligaciones
imprescriptibles en materia de democracia y DDHH a los Estados y sus
ciudadanos.