LA ABSOLUCIÓN MEDIÁTICA
DE GARZÓN
Al fin concluyeron los tres juicios que le seguían a Baltazar
Garzón. Y es un asunto que vale la pena comentar, ya finalizadas las causas por
las que se le enjuiciaba, sobre todo porque la absolución mediática del juez
español precedió a las decisiones judiciales.
En el primero de ellos, la Sala Penal del Tribunal Supremo,
por unanimidad de sus jueces, lo condenó por prevaricación, la cual consistió en
interceptar las conversaciones que los imputados del “caso Gürtel” (caso de
presunta corrupción) mantuvieron en prisión con sus defensores; y esto lo ordenó a
sabiendas de que quebrantaba un derecho fundamental de defensa: el de la
confidencialidad de lo que un imputado habla con su abogado. La condena para Garzón fue de 11 años de inhabilitación como juez
instructor y supone la expulsión de la carrera judicial.
El segundo consistía en la acusación de estar
financiado por el Banco de Santander en sus conferencias en EEUU, en momentos
en que cursaba en su tribunal un juicio de esa institución financiera. Aquí la
decisión fue declarar prescrito el juicio, es decir, nunca sabremos si fue
verdad o no la acusación, si delinquió o no, digo, procesalmente hablando.
Presumiremos entonces la inocencia.
El tercero era por haber incoado y cerrado
un procedimiento penal en virtud de unas denuncias sobre desapariciones
forzadas durante el franquismo. Esta investigación era
contra personas ya fallecidas, circunstancia ésta que extingue cualquier
responsabilidad penal, y eso debería saberlo el juez. Esta
conducta fue considerada por los acusadores prevaricación. Sin embargo,
el mismo Tribunal Supremo lo absuelve, aunque señala que incurrió en excesos en
la aplicación e interpretación de las normas.
Ahora bien, lo que interesa comentar en estas
líneas es el impacto que estos juicios tuvieron y cómo la opinión pública los
recibió.
Independientemente de la opinión jurídica que
se tenga (yo tengo la mía), es de destacar cómo los defensores de Garzón -no me
refiero sólo a sus abogados en juicio- han sido exitosos en ligar los tres
procesos judiciales a los efectos políticos propagandísticos. Lograron asentar
una matriz de opinión que presenta al juez como víctima de una gran
conspiración política de la derecha española en la que participarían también
jueces del alto tribunal español. Basta ver la movilización internacional de
apoyos y solidaridad que produjo..
Se ha querido hacer ver, y lo han logrado
mediáticamente, que las acusaciones de prevaricación se deben a las
investigaciones de Garzón sobre los desaparecidos en la Guerra Civil española.
Es decir, que fue acusado por la derecha franquista o post-franquista española
con el propósito de impedir que el juez realizara aquellas averiguaciones que
supuestamente afectarían ciertos intereses. Así, cualquiera que se atreviera a
cuestionar los procedimientos irregulares del señor Garzón, de inmediato era
tildado de cómplice de los franquistas o de supuestos corruptos
Ésa es la percepción que han logrado imponer
incluso más allá de España. Llama la atención que juristas de muchos países y
organizaciones internacionales prestigiosas se hayan enganchado en esta visión
distorsionada, sesgada, cuando estaban llamados a examinar los procesos con
criterios jurídicos, no político-ideológicos; ni mucho menos firmar cheques en
blanco morales por el mero hecho de que el juez de marras tuvo actuaciones
pasadas loables.
De modo que cuando profundizamos en el tema
no pareciera aquélla la razón de la acusación en contra de Garzón, aunque pueda
admitirse cierta animadversión que se ha ganado por actuaciones no muy
ortodoxas por todos conocidas.
Garzón ha tenido participación en casos muy
sonados, en los que actuó ajustado a la ley. En la lucha antiterrorista en su
país y contra la violación de los derechos humanos más allá de esas fronteras
(caso Pinochet). Si cabe la expresión, su actuación ha sido plausible y debe ser
reconocida.
Sin embargo, en el caso por el cual se le
condenó (las escuchas telefónicas de los conversaciones de los abogados con sus
clientes en el caso Gürtel) su conducta no fue la misma. Según el Alto
Tribunal, el juez actuó arbitrariamente y no se trató de una interpretación
errónea de la ley. La medida que tomó el juez “por carente de razón, (…) desmantela la configuración constitucional
del proceso penal como un proceso justo". Y agrega: “no es posible
construir un proceso justo si se elimina esencialmente el derecho de defensa
(…) La investigación criminal no justifica por sí misma cualquier clase de
actuación, con mayor
razón si implica vulneración de derechos fundamentales ".
Se ha dicho en descargo del juez que él
habría presumido la participación de los abogados de los implicados en la
supuesta trama delictiva que se investigaba; por tanto, Garzón habría actuado
correctamente.
La observación que se ha señalado en contra
de esa apreciación, que, en principio, comparto, es que si tal implicación de
los abogados era cierta, la resolución del juez de pinchar los teléfonos tuvo
que haber sido motivada, haciendo los señalamientos correspondiente a la
supuesta complicidad, lo cual no hizo; y es allí, precisamente, donde estriba
la arbitrariedad de Garzón, que lo hace un prevaricador a juicio del Tribunal
Supremo.
En el último caso, el de las víctimas del
franquismo, la sentencia es absolutoria; sin embargo, debe destacarse que el
Tribunal señala los excesos del juez, lo cual, para los que han seguido su
trayectoria, no es nada nuevo.
Hace más de un año escribí sobre este asunto
(“Mentiras y verdades del juez Garzón”, Venezuela Analítica, 25 de Mayo de
2010).
Allí decía que quienes cuestionan a Garzón, incluso,
no pocos políticos y jueces de izquierda, expresan que es ya reiterativo que
muchas de sus actuaciones sean desautorizadas por otros tribunales, y abundan
en ellas los “patinazos”, pifias, que
desacreditan la labor jurisdiccional. (liberar narcotraficantes por error,
iniciar procesos de manera alegre, etc)
También mencioné a un político de izquierda como Santiago
Carrillo, figura histórica del comunismo español, que llegó a declarar que
enjuiciar a la dictadura franquista como lo estaba haciendo Garzón, era un
error, ya que esta causa “no es el mejor
camino para abordar el problema” de la memoria histórica. (El País,
“Santiago Carrillo: "No entendería ser citado por Garzón”, 30-10-2008).
Ciertamente, Garzón no sólo pifió en lo
estrictamente jurídico, también en lo político. Pero, sin duda, hasta ahora ha
ganado la batalla mediática.
Sólo me queda reiterar aquí el último párrafo de mi
artículo de entonces:
“La escritora Pilar Urbano, en una biografía
que escribe sobre Garzón lo llama ‘el hombre que veía amanecer’
(“Garzón”, Plaza y Janés Editores, 2000, Barcelona). Esperamos que el amanecer del imperio de los
derechos humanos y su garantía universal, no se haga a costa de violaciones a
las normas del debido proceso, a abusos de autoridad o se vea empañado por el
protagonismo enfermizo de los encargados de hacer justicia.”
EMILIO
NOUEL V.
No hay comentarios:
Publicar un comentario