El principio jurídico-formal es que
todo país puede retirarse de una institución internacional a la que pertenezca,
cumpliendo con las solemnidades y requisitos establecidos en el tratado
suscrito.
De la misma forma como ingresó,
también podrá manifestar su voluntad de separarse, y de esto se encargan
los que representan el país, es decir, el Gobierno.
La Convención de Viena, por ejemplo,
en su Parte V, 42.2 establece que “La
terminación de un tratado, su denuncia o el retiro de una parte no
podrán tener lugar sino como resultado de la aplicación de las disposiciones
del tratado…..”, lo cual “no
menoscabará en nada el deber de un Estado de cumplir toda obligación enunciada
en el tratado….”.
En general, el poder ejecutivo del
país de que se trate, constitucionalmente, es el encargado de hacer la denuncia
del tratado por los canales diplomáticos correspondientes. También es quien
tiene la facultad exclusiva para tomar esta decisión, independientemente de
otros poderes del Estado. Es decir, que no precisa de la anuencia, de un
voto favorable, por ejemplo, del Parlamento. Sin embargo, en los países
democráticos, decisiones de esta naturaleza son llevadas a los parlamentos o
sometidas a referendos, no son tomadas de forma unilateral por los gobiernos.
Se busca así lograr el mayor consenso posible entre los
ciudadanos.
De modo que lo más conveniente es que
cuando un gobierno tenga la intención de desprenderse de un compromiso
internacional, debería abrir un proceso de consultas con la representación
popular, toda vez que tal decisión de Estado podría tener repercusiones no solo
político-diplomáticas, sino también de otra índole, incluso económicas.
Sobre todo, estas consultas se
justifican con más razón, cuando se trata de un tratado de gran importancia
para un país. Es contraproducente adoptar una decisión de tal envergadura desde
una parcialidad del Estado o por un partido político. No sería una acción del
Estado como un todo, sino de un solo sector político, lo cual debilita la
iniciativa, le resta legitimidad al no contar con una amplia opinión del país.
Ejemplo reciente lo tenemos en el llamado Brexit en el Reino Unido.
El gobierno actual de Venezuela ha
iniciado el proceso de retiro de nuestro país de la Organización de Estados
Americanos, de la cual somos fundadores en 1948. En los últimos años el
gobierno ha denunciado varios tratados: Comunidad Andina, Grupo de los Tres, la
Convención Americana sobre los Derechos Humanos y el Convenio sobre Arreglo de
Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). En ninguno de estos casos,
buscó compartir la decisión con otro actor nacional.
A mi juicio, el retiro de la OEA es
un exabrupto político y diplomático descomunal, que ni siquiera los tiranos más
repugnantes de la región fueron capaces de realizar. No solo el país se verá
perjudicado; los mismos irresponsables que lo perpetran serán también
afectados. Si ya el gobierno está aislado, en lo sucesivo lo será más.
La decisión es una consecuencia
lógica de una forma de pensar frente a los compromisos internacionales. Es lo
que Chávez, en consonancia con el Foro de Sao Paulo, buscaba, al enfrentar “la
influencia nefasta de los organismos internacionales”, todo con base “en nuestros propios criterios y conceptos de soberanía.” Ésas fueron
textualmente sus palabras (Declaración
de Hugo Chávez en visita a Manaos, Brasil, Octubre de 2004). En algún momento
se preguntó para qué la OEA y planteó la posibilidad de retirarse de ella. De
allí que el inefable Roy Chaderton declare que ahora Venezuela “es más libre” porque inicia la salida de
ese organismo.
Tal actitud es
el resultado de una visión trasnochada sobre la soberanía, un concepto
anacrónico que en el mundo de hoy no tiene más asidero en la realidad, ni en la
política ni en la economía, y, particularmente, en el tema de los derechos
humanos.
Chavez prefería
la “ley de la jungla”, sin organismos
y normas internacionales que puedan servir de freno a los abusos eventuales de
posiciones de dominio de los actores más poderosos o de los gobernantes que
violen DDHH. Así, tal noción soberanista se convierte en una suerte de
burladero para no responder de las arbitrariedades cometidas al interior de los
países.
Obviamente, el
gobierno chavista, mientras no se sintiera agredido, en minoría o acorralado,
como sí lo es hoy, se mantuvo en el marco de la institucionalidad existente,
aunque no creyera en ella. La utilizaba solo cuando conviniera a sus intereses.
Por otro lado, y
en relación con la supuesta inconstitucionalidad del retiro de la OEA alegada
por ciertas opiniones, valdría la pena hacer algunos comentarios.
Ciertamente, en
el marco de esa organización nuestro país ha suscrito varios instrumentos
jurídicos relativos a la democracia y los derechos humanos, que han pasado a
ser normas de obligatorio cumplimiento, so pena de sanciones por no acatarlos.
La Constitución
Nacional es clara respecto de esos deberes, éstos tienen jerarquía
constitucional y prevalecen en el orden interno (artículo 23 CN).
Pero que esa
referencia constitucional a los DDHH y su progresividad, contenidos en los
tratados internacionales, no tenga, a nuestro juicio, discusión, no significa
que se desprendería de allí que el pertenecer a la OEA sea una suerte de
derecho humano irrenunciable, y por tanto, salirse de la OEA es, en
consecuencia, inconstitucional. Son dos asuntos distintos. Seguirán vigentes en
el país los DDHH adquiridos como consecuencia de haber pertenecido a esa
institución, independientemente de ser miembro o no de ella. Tales
derechos no existen porque se esté en la OEA, ellos se mantienen en vigor al
margen de ella. Por supuesto, los mecanismos procedimentales que se establecen
en su seno, al desvincularse el país, no operarían, pero hay otros derivados de
otros tratados vigentes (Corte Penal Internacional, por ejemplo).
Igualmente, la
opinión de que al aprobarse un tratado por el parlamento (Asamblea), como está
establecido en nuestra Constitución, su denuncia debería también contar con la
aprobación de aquel por ser ley de la República, tampoco tiene sustento desde
el punto de vista jurídico. Una vez que ha sido aprobado el tratado, la
atribución parlamentaria se agota allí, y el poder ejecutivo, en virtud de su
atribución de dirigir las relaciones exteriores (art. 236, num. 4), puede
negociar, suscribir, ratificar o denunciar cualquier tratado.
Estando dicho
que iniciar la salida de Venezuela de la OEA es un insólito desatino que dañará
a nuestro país y al mismo gobierno, y señalado, asimismo, que por tratarse de
una organización tan importante como la OEA, la Asamblea Nacional debería ser
consultada formalmente sobre ese asunto, a los efectos de acordar una política
de Estado, no queda otra que rechazar tal decisión por contraria a los intereses de los venezolanos.
Afortunadamente,
el proceso de la separación definitiva durará dos años, y albergamos la
esperanza de que no se concrete nunca. Por el bien de los venezolanos.
EMILIO NOUEL V.
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